¿Qué es la prescripción?
Artículo 1135. Prescripción es un medio de adquirir bienes o de librarse de obligaciones, mediante el transcurso de cierto tiempo y bajo las condiciones establecidas por la ley.
Por lo anterior la Usucapion es un Juicio que se tramita en el Juzgado Civil y tiene la finalidad de adquirir una propiedad mediante la posesión de esta durante el transcurso del tiempo y las bajo las condiciones establecidas por la ley.
¿Cuales son los requisitos?
Se debe tener la posesión en concepto de propietario, de manera Publica, Pacifica y Continua. Esto se demuestra con testigos, facturas de pago de servicios (agua, luz, teléfono) facturas de mejoras en la propiedad, y contar con un documento generador de la posesión que por lo regular es un contrato.
¿En que ley puedo revisar esto?
En el CODIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL del articulo 1135 al 1164
CLIC AQUÍ PARA VER EL CÓDIGO CIVIL PARA EL D.F.
¿En qué momento puedo promover la Usucapión?
Si cuentas con todos los requisitos antes señalados y haz poseído la vivienda por 5 años o más, se pueda tramitar el Juicio de usucapión.
¿Cuánto dura este tramite?
Por lo regular de 11 a 14 meses.
¿Cual es la finalidad del Juicio?
Una vez que el Juez dicta sentencia favorable, te convertirás en el propietario y la sentencia será el documento que lo acredite, por lo que el Juez ordenará que se ponga a la vista del Notario que tú decidas a efecto de que escriture a tu nombre.
A Continuación los formatos más utilizados para el juicio de usucapión :