PODER ESPECIAL IRREVOCABLE PARA ACTOS DE DOMINIO, ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y PLEITOS Y COBRANZAS

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PODER ESPECIAL IRREVOCABLE PARA ACTOS DE DOMINIO, ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y PLEITOS Y COBRANZAS
PODER ESPECIAL IRREVOCABLE PARA ACTOS DE DOMINIO, ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y PLEITOS Y COBRANZAS

PODER ESPECIAL IRREVOCABLE PARA ACTOS DE DOMINIO, ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y PLEITOS Y COBRANZAS

EN LA CIUDAD DE MÉXICO, a… de… de ………………………………….. , Yo, el Licenciado…. titular de la notaría número… del Distrito Federal, hago constar: la Sustitución de Poder Especial Irrevocable que otorga el señor ……………………………………….., del que le fue conferido por los señores ………………………………………….. y ………………………………………….. en favor de los señores ………………………………………….. y …………………………………………

Cláusula Unica. El señor ………………………………………….. sin reservarse su ejercicio y en sustitución del Poder Especial Irrevocable que tuvo conferido de los señores ……………………………………….. y ……………………………………….., confiere a los señores ……………………………………….. y ……………………………………….., para que lo ejerciten indistintamente, Poder Especial Irrevocable para actos de dominio, administración de bienes y pleitos y cobranzas, como si se tratara de un Poder General en los términos de los tres primeros párrafos del artículo Dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil del Distrito Federal y su correlativo en el Estado de México, en relación con el lote… de la manzana… conjunto ‘‘M’‘, marcado actualmente con el número oficial… de la calle de…, Fraccionamiento ……………………………………….., Estado de México, con cuanto de hecho y por derecho le corresponda; con superficie de… M2… y las siguientes medidas y colindancias:

Dentro de la especialidad del poder, los apoderados quedan facultados para enajenar o gravar el inmueble que se describe en la forma y condiciones que estimen convenientes, pactar las cláusulas relativas, firmar las escrituras correspondientes, recibir y hacer suyo el precio, pudiendo escriturar aún a su propio nombre o uno en favor del otro, quedando expresamente liberados de la obligación de rendir cuentas, pudiendo otorgar sustituciones totales o parciales del presente poder, autorizando a los apoderados sustitutos para otorgar nuevas sustituciones.

El poder es conferido con el carácter de Irrevocable, en los términos del artículo Dos mil quinientos noventa y seis del Código Civil del Distrito Federal y su correlativo en el Estado de México, por ser el medio pactado para el cumplimiento de las obligaciones existentes entre el poderdante y los apoderados, quienes concurren al otorgamiento del presente poder y lo aceptan en todos sus términos.)
Artículo 2554. En todos los poderes generales para pleitos y cobranzas, bastará que se diga que se otorga con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, para que se entiendan conferidos sin limitación alguna. En los poderes generales para administrar bienes, bastará expresar que se dan con ese carácter, para que el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas. En los poderes generales, para ejercer actos de dominio, bastará que se den con ese carácter para que el apoderado tenga todas las facultades de dueño, tanto en lo relativo a los bienes, como para hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos. Cuando se quisieren limitar, en los tres casos antes mencionados, las facultades de los apoderados, se consignarán las limitaciones, o los poderes serán especiales. Los notarios insertarán este artículo en los testimonios de los poderes que otorguen.

REPRESENTACIÓN

El compareciente Señor …………………………………………. acredita la que ostenta: Con escritura número… de fecha… de ……………………. de mil novecientos…, ante el suscrito, que en lo conducente dice: ‘‘ … Poder Especial Irrevocable. –

Cláusula Única. Los señores ……………………………………….. y ……………………………………….. confieren al señor ……………………………………….., Poder Especial para actos de dominio, administración de bienes y pleitos y cobranzas, como si se tratara de un Poder General en los términos de los tres primeros párrafos del artículo Dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil del Distrito Federal y su correlativo en el Estado de México, en relación con el lote… de la manzana…, conjunto ‘‘M’‘ marcado actualmente con el número oficial… de la calle de…, Fraccionamiento ……………………………………….. ‘ Estado de México, con cuanto de hecho y por derecho le corresponda. Dentro de la especialidad del poder, el apoderado queda facultado para enajenar o gravar el inmueble en la forma y condiciones que estime convenientes, pactar las cláusulas relativas, firmar las escrituras correspondientes, recibir y hacer suyo el precio, pudiendo escriturar aún a su propio nombre, quedando expresamente liberado de la obligación de rendir cuentas, pudiendo otorgar sustituciones totales o parciales del presente poder, autorizando al apoderado sustituto para otorgar nuevas sustituciones.

El poder se confiere con el carácter de Irrevocable, en los términos del artículo Dos mil quinientos noventa y seis del Código Civil del Distrito Federal y su correlativo en el Estado de México, por ser el medio pactado para el cumplimiento de las obligaciones existentes entre los poderdantes y el apoderado, quien concurre al otorgamiento del presente poder y lo acepta en todos sus términos.
Yo, el notario, Doy fe:

I.- De que conozco a los comparecientes, quienes tienen capacidad legal y por sus generales manifestaron ser:

II.- De que declaran bajo protesta de decir verdad: los señores estar al corriente en el pago del impuesto sobre la renta; y la señora, advertida de las penas en que incurren quienes declaran con falsedad, que no lo causa.

III.- De que lo relacionado e inserto concuerda con los documentos que tuve a la vista.

IV.- De que leí la presente escritura a los comparecientes, les expliqué el valor y consecuencias legales de su contenido y estando conformes la firman el día… del mes de… su fecha.
…………………………………………- rúbrica.

Ante mí… (Firma del Notario).
El sello de autorizar.