CONTESTACIÓN A LA DEMANDA DE NULIDAD DE ESCRITURAS

CONTESTACIÓN A LA DEMANDA DE NULIDAD DE ESCRITURAS

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CONTESTACIÓN A LA DEMANDA DE NULIDAD DE ESCRITURAS
CONTESTACIÓN A LA DEMANDA DE NULIDAD DE ESCRITURAS

CONTESTACIÓN A LA DEMANDA DE NULIDAD DE ESCRITURAS

C. JUEZ DE LO CIVIL
P R E S E N T E

PORFIRIO MUÑOZ GORTARI, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y demás documentos el ubicado en calle de las Ranas numero 987, Colonia el Bosque, de esta ciudad, y autorizando para tales efectos al C. Lic. Romulo Margadan Petich, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que en tiempo y forma vengo por medio de la presente, a contestar la improcedente y temeraria demanda entablada en mi contra, por el señor Margaro Canceco Espiridion, con fundamento en lo establecido por los artículos 256 Y 260 del Código de Procedimientos Civiles para el estado.

PRESTACIONES

Resultan infundadas e improcedentes las prestaciones que demanda el actor y por tanto negamos el derecho a los mismos para reclamarlas, toda ves que soy legítimo propietario y poseedor del bien raíz del presente juicio, en virtud de la escritura número 342423432433, otorgada en fecha 12/10/1972, ante la fe del C. Juez Vigesimo Noveno de esta ciudad, y que contiene la protocolización del contrato de Compraventa, celebrado por el suscrito con fecha 12/10/1971, misma que se encuentra debidamente inscrita en al Registro Público de la Propiedad y del Comercio, bajo la partida c4, fojas 12, de fecha 13/09/1973.

HECHOS

1. Es cierto o falso. (se explican motivos).

2. Es cierto o falso. (se explican motivos).

3. Es cierto o falso. (se explican motivos).

4. Es cierto o falso. (se explican motivos).

5. Es cierto o falso. (se explican motivos).

6. Es cierto o falso. (se explican motivos). Etc.

DERECHO

No niego la validez y eficacia de las disposiciones legales invocadas por los actores dentro del presente juicio, lo que si niego es que sean aplicables al caso que nos ocupa.

EXCEPCIONES Y DEFENSAS

LA DE OSCURIDAD EN LA DEMANDA. Consistente en las diversa imprecisiones planteadas por los actores en su escrito inicial que aunadas, a la ambigüedad de su derecho, que hacen valer mediante los documentos que anexan a su demanda, nos hacen suponer que la nulidad del contrato que reclaman no se refiere al inmueble del cual soy legítimo propietario y poseedor, además de que los hechos en los que se fundamenta el actor para demandarme no se precisan con claridad y precisión y por ello me deja en estado de indefensión.

LA DE CADUCIDAD DE LA ACCIÓN. La derivada del artículo 137 Bis el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Consistente en la caducidad de la acción por parte de los actoras dentro del presente juicio, quienes con anterioridad promovieron en mi contra un Juicio Ordinario Civil de Nulidad ante este mismo Juzgado bajo el expediente número 98741/2001.

RECONVENCIÓN

El suscrito estando en tiempo y forma y con fundamento en lo establecido por los artículos 255, 260 y demás aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, vengo a demandar en ejercicio de la acción reconvencional, al señor Margaro Canceco Espiridion, quien deberá ser emplazado en el domicilio que tiene señalado a su efecto en su escrito inicial de demanda y de quien exijo las siguientes:

PRESTACIONES

a. La nulidad absoluta del contrato de compraventa, otorgado ante los testigos Romulo y Remi de apellidos Perez Perez, por el señor Ignacio Montecito Renecua, a favor de los actores, por ser inexistente jurídicamente, el cual se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, bajo al partida 8878, fojas v4, de fecha12/10/2001.

b. Como consecuencia de lo anterior la cancelación de al inscripción que existe en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, tarjeta o tarjetas del municipio de esta ciudad capital, y demás dependencias estatales en relación con esta misma escritura pública que se cita anteriormente.

c. El pago de los gastos y costas, daños y perjuicios que se me causen, como consecuencia del trámite del presente juicio.

HECHOS

1. Como lo justifico con la escritura pública número 342423432433, otorgada en fecha 12/10/1972, ante la fe del C. Juez Vigésimo Noveno de esta ciudad, y que contiene la protocolización del contrato de Compraventa, celebrado por el suscrito con fecha 12/10/1971, misma que se encuentra debidamente inscrita en al Registro Público de la Propiedad y del Comercio, bajo la partida c4, fojas 12, de fecha 13/09/1973. el cual anexo.

2. El mencionado objeto de este juicio lo adquirí en propiedad con las siguientes características: XXXXXXXXXXXXXXXXXX.

3. Ahora bien, con fecha 11/11/2021, el señor Margaro Canceco Espiridion, actualmente argumentan haber celebrado contrato de compravneta, respecto de el inmueble ubicado en zxxxxxxx, con fecha xzxzxzxz, sin embargo el acto jurídico que efectuaron es inexistente, es decir, existe de hecho pero no jurídicamente ya que quien supuestamente les transmitió la posesión, no firmo el mencionado contrato con el que actualmente argumentan tener derecho sobre el inmueble de impropiedad lo cual me causa perjuicio en mis derechos de propiedad a que me he venido refiriendo por lo que ejercito en su contra la acción de nulidad absoluta, para que se declare mediante sentencia.

4. Las características que constan en el contrato de compraventa, celebrado en fecha xnxnxnxnx, son las siguientes: xnxnxnxnxn.

5. Por último al declararse al nulidad correspondiente, debido a que mi título fue inscrito con anterioridad al de los demandados en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, solicito a usted se les condene a los demandados en sentencia definitiva al cumplimiento de las prestaciones que les reclamo así como el pago de los daños y perjuicios y gastos y costas.

DERECHO

I. AL fondo es aplicable lo dispuesto por los artículos 1792, 1793, 2225, 2226 y demás relativos y aplicables del Código Civil para el Distrito Federal.

II. Determinan el procedimiento lo dispuesto por los artículos 255, 256, 257 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, A USTED CIUDADANO JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO. Tenerme por presentado en tiempo y forma legal, contestando la infundada demanda formulada en mi contra así como teniendo por interpuestas las excepciones y defensas que hago valer.

SEGUNDO. Tener por formulada la demanda reconvencional en contra del actor, por lo hechos, motivos y consideraciones que he precisado ordenando se les corra traslado con los documentos que se anexan, para que la contesten dentro del término de Ley.

PROTESTO LO NECESARIO

En la ciudad de San Nicolás de los Moros a 13 de enero de 2022

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PORFIRIO MUÑOZ GORTARI