CONTRATO DE PRÉSTAMO

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CONTRATO DE PRÉSTAMO

Contrato de Mutuo que celebran por una parte el C.LUIS PEREZ DERTELLO, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL MUTUANTE”; y por la otra parte  La Empresa “TRANSPORTES DEL ATLÁNTICO TERRESTRES S.A. DE C.V.” representada por el C. LIC. JORGE LUIS TELLO IDREW, quien en lo sucesivo se le denominará “EL MUTUARIO“, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas.

DECLARACIONES

Declara El Mutuario:

1.1 Ser una Sociedad Anónima de Capital Variable, constituida conforme a leyes de la República Mexicana mediante Escritura Pública número 2313232 de fecha NUEVE DE MAYO DEL DOSMIL DIECICIETE, otorgada ante la fe del Notario Público No.221 de la Ciudad de LOS MOCHIS, SINALOA, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el Folio Mercantil número 3243243 el día once de mayo del dos mil dieciciete.

1.2 Que su representante legal cuenta con las facultades necesarias para suscribir y obligarse en los términos del presente Contrato de nombre LIC. JORGE LUIS TELLO IDREW

1.3 Que su domicilio para efectos legales de el presente contrato se ubica en calle de las Ranas numero trece, Colonia Los Alebrijes, en la ciudad de Los Mochis, Sinaloa.

II.- Declara El Mutuante:

2.1 Ser una persona física de nombre LUIS PEREZ DERTELLO de nacionalidad mexicana, haber nacido en Los Mochis, Sinaloa, el 11 de septiembre de 1980, estado civil divorciado, con domicilio en Andador Fleming numero noventa colonia Puerto nuevo, en la ciudad de Los Mochis, Sinaloa y como documento de identidad adjunta al presente contrato copia de su identificación oficial de credencial para votar con fotografía, con número de registro: INE5545122222.

Expuesto lo anterior, las partes deciden celebrar el presente acuerdo de voluntades al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- El Mutuante da en préstamo al Mutuario la suma de $8000.00 (OCHO MIL PESOS 00/100M.N.) con transferencia No 88785111 del Banco INBURSA, con fecha 10 de enero del 2018, a las 11:23 A.M.

SEGUNDA.- El Mutuario se obliga a devolver el capital dado en mutuo, en un plazo de 12 meses contados a partir de la fecha de firma del presente contrato, siendo dicho plazo forzoso para El Mutuante, y voluntario para el Mutuario.

TERCERA.- Las cuotas mensuales que se devolverán como pago del capital, serán en deposito mensual a la cuenta 66654487455 del banco INBURSA por la cantidad de $1000.00 ( MIL PESOS 00/100 M.N.), el dia primero de cada mes.

CUARTA.- El presente préstamo deberá pagarse en pesos mexicanos.

QUINTA.- El Mutuante podrá dar por vencido anticipadamente el plazo del préstamo si El Mutuario falta al exacto cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contra-falta el exacto cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas.

SEXTA.- El Mutuario podrá dar por vencido anticipadamente el plazo del préstamo si paga la totalidad del capital en préstamo antes del plazo estipulado.

SÉPTIMA.- El Mutuario quedará liberado del pago del préstamo en los casos de disolución, enajenación o por común acuerdo entre mutuario y mutuante.

OCTAVA.- El presente contrato surtirá efectos a partir del momento en que sea firmado.

NOVENA.- Las partes convienen someterse a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales de la ciudad de Los Mochis, Sinaloa, México, renunciando al fuero que por razón de su domicilio actual o posterior les corresponda, para el efecto de interpretar y dar cumplimiento al presente contrato.

Una vez leído el contenido, del presente contrato, las partes estando conformes con sus alcances, lo firman en la ciudad de Los Mochis, Sinaloa, a los 10 días del mes de enero del 2018

 

EL MUTUANTE                            EL MUTUARIO