SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA QUE UN MENOR SALGA TEMPORALMENTE DEL PAÍS

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SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA QUE UN MENOR SALGA TEMPORALMENTE DEL PAÍS
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SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA QUE UN MENOR SALGA TEMPORALMENTE DEL PAÍS

JURISDICCION VOLUNTARIA

C. JUEZ EN TURNO DE LO FAMILIAR DEL HONORABLE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE SAN LUIS POTOSI

HERMELINDA VAZQUES DE PORRUA por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y demás documentos en calle Andromeda numero 69 Colonia los Horizontes Verdes, de esta ciudad capital, C.P. 78000 y autorizando para oírlas y recibirlas en mi nombre y representación al Lic. Romulo Garcia Mainesio, con cedula profesional numero 8877447778889, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que en la vía de jurisdicción voluntaria vengo a solicitar la intervención de su señoría para el efecto de que se le conceda autorización judicial al menor William Dicken Porrua para salir temporalmente del país.

Me fundo para hacerlo en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:

HECHOS

I. Como lo acredito con la copia certificada del acta de nacimiento del menor William Dicken Porrua, soy madre del citado menor y ejerzo sobre él la patria potestad.

II. El menor mencionado vive al lado de la suscrita y desde hace más de siete años vivo separada del padre del menor, e incluso desconozco el paradero actual del citado padre del menor.

III. El menor William Dicken Porrua integra con otros compañeros de futbol del colegio Anahuales de esta ciudad y el equipo correspondiente jugara varios partidos, en el próximo mes de junio a septiembre del año 2022 en curso, en la ciudad de Siracusa, New york de los Estados Unidos de América, según la comunicación que acompaño, del Director del Colegio, dirigido a los padres de familia de los menores integrantes del equipo de referencia.

IV. Es el caso que he acudido a la secretaria de relaciones Exteriores para tramitar el pasaporte del menor aludido y me han manifestado que no es suficiente el consentimiento de la suscrita para que el menor obtenga el pasaporte y pueda salir del país, que adicionalmente se requiere el consentimiento del padre o la autorización judicial, en defecto del consentimiento del padre.

V. La suscrita estima que es de gran utilidad en formación de la personalidad del menor citado, el viaje a los Estados Unidos de América y ante la imposibilidad de obtener la autorización del padre del menor, por ignorar su actual domicilio, vengo a solicitar en esta vía, se conceda al menor autorización para salir del país.

DERECHO

I. Son aplicables en cuanto al fondo los artículo 412, 414, 415, 380, 416, 417, 421 y demás relativos del código Civil.

II. El procedimiento se rige por los dispuesto en los artículos 893, 395 fracción II y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, A USTED CIUDADANO JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO. Tenerme por presentada con escrito, documentos y copias que acompaño, promoviendo diligencias de jurisdicción voluntaria.

SEGUNDO. Dar al Ministerio Publico la intervención que el corresponde.

TERCERO. Conceder al Menor William Dicken Porrua, autorización judicial para salir temporalmente del país para asistir a los partidos que el equipo al que pertenece realizara en el Estado de New York de los Estados Unidos de América.

CUARTO. Expedir a la suscrita copia certificada de la resolución en la que se conceda al menor la autorización que se solicita.

PROTESTO MIS RESPETOS

En la Ciudad de SAN LUIS POTOSI S.L.P. a 05 de mayo de 2022

 

HERMELINDA VAZQUES DE PORRUA