DEMANDA DE DIVORCIO VOLUNTARIO Y CONVENIO
C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO
PRESENTE
Los suscritos MARGARITA SANDOVAL ESPIRICUETA y AMALIO DE JESÚS PALOMARES VILLALOBOS mexicanos, mayores de edad, venimos a promover por nuestro propio derecho, y señalando para oír y recibir notificaciones el ubicado en Avenida Ferrocarril número doce colonia Buenavista, Queretaro, Qro. y autorizando a los C. Lic. PATRICIO HURMENET PEREZ y JOSEFINO CANDELARIO SANCHEZ MEDRA con numero de Cedulas profesionales 989989 y 8837389 respectivamente, para que reciban toda clase de documentos en nuestro nombre y representación, por lo que ante Usted, con el debido respeto, comparecemos y exponemos:
Por medio de este escrito y con fundamento en los artículos 257, 258, 267 y 269 del Código Civil del estado de Querétaro, Venimos a promover diligencias en vía de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA el Divorcio por mutuo consentimiento, fundando el presente con las siguientes consideraciones de :
HECHOS
1.- En fecha diez de mayo del dos mil doce contrajimos Matrimonio Civil, bajo el régimen de separación de bienes, tal y como lo acreditamos con la copia certificada del Acta de Matrimonio expedida por el Oficial Segundo del Registro Civil de la ciudad de Querétaro, documental pública que se acompaña a la presente demanda como anexo I.
2.- Nuestro domicilio conyugal lo establecimos en la Casa habitación ubicada en la avenida del Llano número ciento veinte colonia el Porvenir de la ciudad de Querétaro.
3.- Durante nuestra unión como matrimonio, con fecha nueve de diciembre del dos mil trece, procreamos un hijo de nombre LÁZARO PALOMARES SANDOVAL, quien en la actualidad cuenta con cinco años de edad, y fue registrado ante el Oficial Segundo del Registro Civil de la ciudad de Querétaro, tal y como lo acreditamos con la copia certificada del acta de nacimiento número 7778787 del libro IV anexo 2
4.- Siendo nuestra completa voluntad , hemos decidido disolver dicho contrato de matrimonio en forma de común acuerdo y así lo venimos a solicitar judicialmente, solicitando se decrete la disolución del vínculo matrimonial que nos une con todas las consecuencias legales inherentes a esta determinación.
5.- Es preciso aclarar que durante nuestro matrimonio no adquirimos bienes que pudieran formar parte de la Sociedad Conyugal, por lo tanto, no existe sociedad que liquidar.
6.- Para todos los efectos legales a que hubiera lugar y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesta la C. MARGARITA SANDOVAL ESPIRICUETA que no se encuentra en estado de gravidez y como constancia de esto, se anexa en el presente un certificado médico realizado en fecha nueve de enero del dos mil dieciocho, realizado por el Dr. LUIS CANO LEIVA, médico del Hospital General del estado, el cual se encuentra debidamente firmado y sellado y que se adjunta al presente como anexo 3
7.- Para los efectos legales de su aprobación y observancia judicial, anexamos al presente escrito el Convenio a que hace mención el Artículo 787 del Código Civil Vigente.
DERECHO
En cuanto al fondo, son aplicables los artículos 209 , 221, 87 ultimo párrafo, 111,112,113,114,115,188,198 y demás relativos y aplicables de la ley sustantiva civil de nuestro estado, en íntima concordancia con el artículo 498 y 502 de la ley adjetiva civil del estado de Querétaro.
Por lo anteriormente expuesto y fundado a usted C. Juez de primera instancia con el debido respeto atentamente solicitamos se sirva:
Primero.- Tenernos por presentados con este escrito, documentos fundatorios anexos, promoviendo en la Vía de Jurisdicción Voluntaria , Divorcio por Mutuo Consentimiento
Segundo.- Tenernos por exhibiendo el convenio a que se refiere el Artículo 147 del Código Civil en el Estado. Así mismo solicitamos se fije fecha y hora, a fin de comparecer ante este H. Juzgado para llevar a cabo la ratificación correspondiente.
Tercero.- Dar vista al C. Agente del Ministerio Público adscrito a ese H. Juzgado, corriéndole traslado con las copias simples que se acompañan, a fin de que manifieste lo que a su representación corresponda.
Cuarto.- Tenernos por autorizados a los profesionistas señalados y domicilio para recibir notificaciones.
Quinto.- En su oportunidad previos los trámites de ley, dictar sentencia mediante la cual se declare disuelto el Vínculo Matrimonial, Liquidada la Sociedad Conyugal y se nos dé por aprobado el Convenio realizado por las partes.
PROTESTAMOS LO NECESARIO
QUERETARO, Qro. A TRECE DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO
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MARGARITA SANDOVAL ESPIRICUETA AMALIO DE JESÚS PALOMARES VILLALOBOS
CONVENIO DE DIVORCIO VOLUNTARIO
En la Ciudad de QUERÉTARO, Qro., siendo los trece días del mes de enero del dos mil dieciocho , celebran el presente Convenio de divorcio los C. MARGARITA SANDOVAL ESPIRICUETA Y AMALIO DE JESÚS PALOMARES VILLALOBOS, en el Juicio de Divorcio por Mutuo Consentimiento que han promovido ante el C. Juez de lo Familiar y que ponen a su consideración en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 123 del Código Civil Vigente en el Estado de QUERÉTARO, con sujeción a las siguientes declaraciones y cláusulas que componen a continuación:
DECLARACIONES
DECLARAMOS BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD LO SIGUIENTE:
1.- Que contrajimos Matrimonio Civil con fecha diez de mayo del dos mil doce , bajo el régimen de sociedad conyugal, tal y como lo acreditamos con la copia certificada del Acta de Matrimonio.
2.- Nuestro domicilio conyugal lo establecimos en avenida del Llano número ciento veinte colonia el Porvenir de la ciudad de Querétaro.
3.- La partes manifestamos que, por nuestro propio derecho y de común acuerdo, presentamos adjunto al presente instrumento, ante el C. Juez de lo Familiar de Primera instancia , escrito en la cual solicitamos la disolución del vínculo matrimonial y la liquidación de la sociedad conyugal.
De manera Voluntaria damos nuestro consentimiento a sujetarnos a las siguientes cláusulas que a continuación estipulamos:
CLÁUSULAS
PRIMERA: Convienen ambos divorciantes en que el C. AMALIO DE JESÚS PALOMARES VILLALOBOS aporte la cantidad de $5000.00 Cinco mil pesos mensuales 00/100 M.N por concepto de alimentos durante la tramitación del procedimiento de Divorcio y después de concluido el mismo a favor de su menor hijo de nombre LÁZARO PALOMARES SANDOVAL, esto en virtud de que la C. MARGARITA SANDOVAL ESPIRICUETA se encuentra laborando en una empresa donde obtiene un salario tres veces mayor al de su cónyuge, por lo que obtiene ingresos suficientes que le permiten su propia subsistencia.
SEGUNDA: El pago de la pensión a que se refiere la cláusula anterior, se realizará de manera mensual el dia primero de cada mes, en depósito directo en la cuenta 024785452422 del “Banco Regional Pradera” , a nombre de la C. MARGARITA SANDOVAL ESPIRICUETA
TERCERA: Convienen ambos divorciantes en que el menor hijo de nombre LÁZARO PALOMARES SANDOVAL quedará bajo la custodia de su madre la C. MARGARITA SANDOVAL ESPIRICUETA y que el C. AMALIO DE JESÚS PALOMARES VILLALOBOS podra visitarlo los días viernes, sábado y domingo, donde tambien podra llevarlo de paseo o en su caso llevarlo a su domicilio particular, devolviendolo a su madre el dia domingo a más tardar a las 7 P.M.
CUARTA: En el caso de que cualquiera de las partes contrajera matrimonio , se obligan a adecuar y anteponer las necesidades del menor , y a no permitir a su nueva pareja injerencia alguna o intervención con relación a la educación, pensión alimenticia, bienes o atención medica y aún menos, a que dicha persona trate de aplicar medidas correctivas.
QUINTA: Las partes estamos de acuerdo en que la C. MARGARITA SANDOVAL ESPIRICUETA, permanezca habitando en el domicilio que establecimos como hogar conyugal , durante el procedimiento como después de ejecutoriado el divorcio voluntario
SEXTA: Manifiesta el C. AMALIO DE JESÚS PALOMARES VILLALOBOS , que el domicilio en el cual permanecerá habitando durante el trámite del presente procedimiento de divorcio voluntario será el ubicado en la calle de manzanos número trece colonia la Fruta, de esta Ciudad Capital.
SÉPTIMA: Manifestamos las partes que durante nuestro matrimonio no adquirimos ningún bien inmueble, por lo que el menaje de la casa, pasará a ser propiedad única y exclusivamente de la C. MARGARITA SANDOVAL ESPIRICUETA.
OCTAVA: Las partes se comprometen a que en caso de que cambien domicilio se lo harán saber mutuamente.
Los cónyuges estamos dispuestos a someternos a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de la ciudad de QUERÉTARO, Qro, renunciando a cualquier fuero del domicilio presente o futuro que nos pudiera corresponder, en virtud a la celebración del presente instrumento.
AMBAS PARTES MANIFIESTAN QUE EN LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONVENIO NO MEDIO DOLO, ERROR, MALA FE, LESIÓN, VIOLENCIA, NI NINGÚN OTRO VICIO DEL CONSENTIMIENTO QUE PUDIERA PROVOCAR LA NULIDAD ABSOLUTA O RELATIVA DEL PRESENTE INSTRUMENTO, RECONOCIÉNDOSE MUTUAMENTE LA CAPACIDAD LEGAL PARA CELEBRAR EL PRESENTE INSTRUMENTO, ENTERADOS DEL CONTENIDO, FUERZA Y ALCANCE LEGAL DEL PRESENTE INSTRUMENTO POR HABERLO LEÍDO EN ALTA Y CLARA VOZ, LO FIRMAMOS DE COMÚN ACUERDO, AL CALCE Y AL MARGEN A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO
MARGARITA SANDOVAL ESPIRICUETA AMALIO DE JESÚS PALOMARES VILLALOBOS