Es inconstitucional el delito “ultrajes a la autoridad”, estipulado en el artículo 287 del Código Penal del Distrito Federal, asi lo determinó el dia 14 de noviembre del 2017 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Por nueve votos contra dos, los ministros del máximo tribunal del país coincidieron en que dicho numeral es poco claro e impreciso.
El fallo fue expuesto al resolver dos demandas de amparo.
La SCJN concedió el beneficio a Norma Rangel Salazar, sentenciada a diez meses de prisión por insultar a un grupo de policías que realizaban un operativo para retirar a vendedores ambulantes en la delegación Xochimilco, en la Ciudad de México.
Una vez resuelto el primer asunto, la Corte amparó también a Gabriela Hernández Arreola, detenida durante las manifestaciones del 2 de octubre de 2013.
El ministro José Ramón Cossío planteó que, además de ser poco claro, dicho ilícito vulnera los derechos, ya que limita la libertad de expresión, sin que dicha restricción sea necesaria para una sociedad democrática como, dijo, lo es México.