CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EVENTOS SOCIALES A DOMICILIO

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EVENTOS SOCIALES A DOMICILIO (BANQUETES)

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EVENTOS SOCIALES A DOMICILIO (BANQUETES)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EVENTOS SOCIALES A DOMICILIO (BANQUETES)

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EVENTOS SOCIALES A DOMICILIO

CONTRATO APROBADO POR LA PROFECO

CONTRATO No.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EVENTOS SOCIALES A DOMICILIO (BANQUETES), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE , REPRESENTADA POR A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, Y POR LA OTRA A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL CONSUMIDOR”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

I.- Declara “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”:
A)
En caso de Persona Moral: Ser una persona moral mexicana según consta en la escritura pública número , de fecha , pasada ante la fé del Lic. ,
Notario Público número , en e inscrita en el Registro Público de
Comercio de bajo el número de fecha de de , y que su representante legal acredita su personalidad mediante el testimonio notarial número , pasado ante la fé del Lic. , Notario Público número , en .

A) En caso de Persona Física: Ser una persona física de nacionalidad , con capacidad legal para celebrar el presente Contrato.

B) Que su domicilio se encuentra ubicado en , con número telefónico , correo electrónico , que está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes bajo el número y con registro SIEM _.

C) Que cuenta con la capacidad, infraestructura, servicios y recursos necesarios para dar cabal cumplimiento a las obligaciones contenidas en el presente contrato.

D) Que cuenta con personal capacitado y responsable para atender las quejas y reclamaciones que se originen de la prestación del servicio o del bien adquirido, para lo cual se señala el teléfono _, con un horario de atención al público de las horas a las horas, los días .

E) Informó a EL CONSUMIDOR los precios, tarifas, condiciones, características y costo total, objeto del Servicio, así como las restricciones que, en su caso, son aplicables en la prestación
del Servicio.

II.- DECLARA “EL CONSUMIDOR”:

A) Llamarse como ha quedado plasmado en el proemio de este contrato.

B) Que es su deseo obligarse en los términos y condiciones del presente Contrato, manifestando que cuenta con la capacidad legal para la celebración de este Contrato.

C) Que su domicilio se encuentra ubicado en y estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes bajo el número _, teléfono y correo electrónico .

Expuesto lo anterior, las partes se sujetan al contenido de las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA. CONSENTIMIENTO.– “Las Partes” manifiestan su voluntad para celebrar el presente Contrato de prestación de Servicios de eventos sociales a domicilio; por lo que EL PRESTADOR DEL SERVICIO se obliga a prestar el Servicio a EL CONSUMIDOR en el domicilio que éste señale y, en consecuencia, se obliga a pagar como contraprestación un precio cierto y determinado.

SEGUNDA.- OBJETO.- El objeto del presente contrato es la prestación de servicios a domicilio para la organización de un evento social para personas, el cual se llevará a cabo el día del mes de con una duración de horas, iniciando el evento a las horas y terminará a las horas.

TERCERA.- PAGO DEL SERVICIO.– El precio total que EL CONSUMIDOR debe solventar por la prestación del servicio es el estipulado en el presupuesto que forma parte del presente Contrato, no importando si el número de asistentes al evento es inferior al estipulado. Dicho precio será pagado en el establecimiento de EL PRESTADOR DEL SERVICIO, de contado y en moneda nacional de la siguiente forma:

A) La cantidad de $_ ( 00/100 M.N.) a la firma del presente Contrato por concepto de anticipo que corresponde al % del precio total de servicio.
B) La cantidad restante de $_ ( 00/100 M.N.) que corresponde al % del precio total de servicio, la cual se cubrirá el día de la celebración del evento.

Independientemente de la entrega del anticipo, EL PRESTADOR DEL SERVICIO deberá entregar a EL CONSUMIDOR la factura o comprobante que ampare el pago de los Servicios contratados, en la que se hará constar detalladamente el nombre y precio de cada uno de los servicios proporcionados, esto con la finalidad de que EL CONSUMIDOR pueda verificarlos en detalle, documento que deberá cumplir con los requisitos que señalen las leyes mexicanas vigentes en materia fiscal.

El importe señalado en el presente Contrato y el presupuesto, contempla todas las cantidades y conceptos referentes al Servicio, por lo que EL PRESTADOR DEL SERVICIO se obliga a respetar en todo momento dicho costo sin poder cobrar otra cantidad o condicionar la prestación del Servicio contratado a la adquisición de otro servicio no requerido por EL CONSUMIDOR, salvo que EL CONSUMIDOR autorice de manera escrita algún otro cobro no estipulado en el presente Contrato.

CUARTA. COBRO POR EXCESO DE INVITADOS.– EL PRESTADOR DEL SERVICIO podrá cobrar a EL CONSUMIDOR al final del servicio, la cantidad que corresponda al número de invitados excedente.

EL CONSUMIDOR se obliga a depositar o entregar a EL PRESTADOR DEL SERVICIO la cantidad equivalente al 10% (diez por ciento) del precio estipulado en el presente Contrato para garantizar el pago de servicios excedentes e imprevistos. Dicha cantidad será devuelta a EL CONSUMIDOR si al finalizar el evento no se presentara ninguno de estos supuestos.

QUINTA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

EL PRESTADOR DEL SERVICIO
A) Cumplir con lo establecido en el presente Contrato.
B) Llevas a cabo la prestación del Servicio en la fecha y horarios establecidos en el presente Contrato.
C) No hacer ningún cobro ajeno a lo establecido en este Contrato.

EL CONSUMIDOR
A) Cumplir con lo establecido en este Contrato.
B) Hacer los pagos correspondientes en la forma y tiempo establecido en el presente Contrato.
C) Permitir el acceso a El prestador del servicio para que se preste el Servicio en el día y horario establecido.

SEXTA.- VERIFICACIÓN.- Ambas partes establecerán un mecanismo aleatorio para verificar el número de platillos o comensales contratados para el Servicio de eventos sociales a domicilio.

SÉPTIMA.- CANCELACIÓN.- EL CONSUMIDOR cuenta con un plazo de cinco días hábiles posteriores a la firma del presente contrato para cancelar la operación o solicitar el cambio de la fecha de la prestación del servicio sin responsabilidad alguna de su parte siempre y cuando el Servicio no se haya prestado, en cuyo caso EL PRESTADOR DEL SERVICIO se obliga a reintegrar todas las cantidades que EL CONSUMIDOR le haya entregado.

Las cancelación deberán solicitarse por escrito en el domicilio señalado en el presente Contrato o bien, por correo registrado o certificado, tomando como fecha de revocación la de recepción para su envío. La cancelación aplica siempre y cuando el Servicio no se haya prestado a EL CONSUMIDOR.

Las partes acuerdan que una vez transcurrido los 5 (cinco) días hábiles señalados en la presente cláusula y en caso de que alguna de Las partes requiera cancelar la prestación del Servicio fuera del tiempo señalado, la parte que solicite dicha cancelación deberá:

a) Pagar el 10% del monto total del Contrato, en caso de que la cancelación se solicite 90 días hábiles antes del evento.

b) Pagar el 25% del monto total del Contrato, en caso de que la cancelación se solicite 60 días hábiles antes del evento.

c) Pagar el 50% del monto total del Contrato, en caso de que la cancelación se solicite 30 días hábiles antes del evento.

d) Pagar el 100% del monto total del Contrato, en caso de que la cancelación se solicite 5 días hábiles antes del evento.

En caso de que la cancelación haya sido solicitada por EL CONSUMIDOR en los términos estipulados en esta cláusula, EL PRESTADOR DEL SERVICIO deberá de reintegrar a EL CONSUMIDOR la cantidad restante que resulte después de haber hecho el cobro de la pena correspondiente.

OCTAVA.- DESIGNACIÓN DE PERSONAL.- EL CONSUMIDOR se obliga a designar a una persona de su confianza, quien durante el evento será quien trate los asuntos relacionados con la prestación del servicio, asimismo se obliga a abstenerse de dar instrucciones al personal de EL PRESTADOR DEL SERVICIO que no tenga relación con el objeto del presente y a procurar que sus invitados observen la misma conducta. Por su parte, EL PRESTADOR DEL SERVICIO se obliga a designar, de entre su personal, a una persona que será quien durante la celebración del evento trate con el representante de EL CONSUMIDOR o con el mismo, los asuntos relacionados con la prestación del servicio, y se obliga a que su personal atienda con esmero y cortesía a los asistentes al evento.

NOVENA.- OBLIGACIONES DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” POR INCUMPLIMIENTO.- En caso de que EL PRESTADOR DEL SERVICIO incurra en incumplimiento del presente Contrato por causas imputables a él, se obliga a elección de EL CONSUMIDOR:

a) A contratar por su cuenta a otra empresa que este en posibilidades de realizar la prestación del servicio en las condiciones estipuladas por EL CONSUMIDOR. El costo adicional, que en su caso, se genere será absorbido por EL PRESTADOR DEL SERVICIO, o bien
b) A reintegrar las cantidades que se le hubieren entregado y a pagar la pena convencional del 20% (veinte por ciento) del precio total del servicio estipulado en el presente Contrato por deficiencias en la prestación del Servicio.

DÉCIMA.-SUBCONTRATACIÓN.- EL PRESTADOR DEL SERVICIO es responsable ante EL CONSUMIDOR por el incumplimiento de los servicios contratados, aún cuando subcontrate con terceros dicha prestación para el cumplimiento del presente Contrato.

DÉCIMA PRIMERA.- GASTOS DE REPARACIÓN.- Si los bienes destinados a la prestación del servicio sufrieren un menoscabo por culpa o negligencia debidamente comprobada de EL CONSUMIDOR o de sus invitados, éste se obliga a cubrir los gastos de reparación de los mismos, o en su caso, indemnizar a EL PRESTADOR DEL SERVICIO hasta con un 50% (cincuenta por ciento) del valor de los bienes dañados.

DÉCIMA SEGUNDA.-AVISO DE PRIVACIDAD.- Previo a la firma del presente Contrato y en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, “El prestador del servicio” hizo del conocimiento a “El consumidor” del aviso de privacidad, así como del procedimiento para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos personales en adelante, derechos ARCO

DÉCIMA TERCERA. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR.- En caso de que EL PRESTADOR DEL SERVICIO se encuentre imposibilitado para prestar el servicio por caso fortuito o fuerza mayor, como incendio, temblor u otros acontecimientos de la naturaleza o hechos del hombre ajenos a la voluntad de EL PRESTADOR DEL SERVICIO, no se incurrirá en incumplimiento, únicamente EL PRESTADOR DEL SERVICIO reintegrará a EL CONSUMIDOR, el anticipo que le hubiera entregado.

DÉCIMA CUARTA.-CONTRATACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.- Las partes acuerdan que en lugar de una firma original autógrafa, este contrato, así como cualquier consentimiento, aprobación u otros documentos relacionados con el mismo, podrán ser firmados por medio del uso de firmas electrónicas, digitales, numéricas, alfanuméricas, huellas de voz, biométricas o de cualquier otra forma y que dichos medios alternativos de firma y los registros en donde sean aplicadas dichas firmas, serán consideradas para todos los efectos, incluyendo pero no limitado a la legislación civil, mercantil, protección al consumidor y a la NOM-151-SCFI-2016, con la misma fuerza y consecuencias que la firma autógrafa original física de la parte firmante. Si el contrato o cualquier otro documento relacionado con el mismo es firmado por medios electrónicos o digitales, las Partes acuerdan que los formatos del contrato y los demás documentos firmados de tal modo serán conservados y estarán a disposición del consumidor, por lo que convienen que cada una y toda la información enviada por el Proveedor a la dirección de correo electrónico proporcionada por el Consumidor al momento de celebrar el presente Contrato será considerada como entregada en el momento en que la misma es enviada, siempre y cuando exista confirmación de recepción.

DÉCIMA QUINTA.- JURISDICCIÓN.- La Procuraduría Federal del Consumidor es competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente Contrato. Sin perjuicio de lo anterior, Las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes en , renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.


Leído que fue por Las partes el contenido del presente Contrato y sabedoras de su alcance legal, lo firman por duplicado en la Ciudad de a los __ días de mes de del año 2021.

“EL PRESTADOR DEL SERVICIO” “EL CONSUMIDOR”

Autorización para la utilización de información con fines mercadotécnicos o publicitarios


EL CONSUMIDOR si ( ) no ( ) acepta que EL PRESTADOR DEL SERVICIO ceda o transmita a terceros, con fines mercadotécnicos o publicitarios, la información proporcionada por él con motivo del presente contrato y si ( ) no ( ) acepta que EL PRESTADOR DEL SERVICIO le envíe publicidad
sobre bienes y servicios.

Firma o rúbrica de autorización de EL CONSUMIDOR


Este contrato fue aprobado y registrado por la Procuraduría Federal del Consumidor bajo el número <>de fecha <>. Cualquier variación del presente contrato en perjuicio de EL CONSUMIDOR, frente al contrato de adhesión registrado, se tendrá por no puesta.