CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA SALÓN DE EVENTOS SOCIALES
Este es un documento autorizado por la dependencia federal PROFECO, ideal para dueños de salones, terrazas, jardines para eventos, bodegas, haciendas, jardines, salón con alberca, salones de 2 o tres plantas o quintas, en general para todo tipo de lugares donde se va a realizar un evento social o recreativo, es muy importante que se firme un contrato por mínimo de tiempo que dure el arrendamiento, ya que con este contrato se está aceptando una serie de responsabilidades y términos que deben ser cumplidos por las partes.
Conoce cuales son las principales razones del porque realizar un contrato al rentar un salón de fiestas:
Claridad y Especificidad: Definen de manera precisa los servicios que se contratarán, las fechas, horarios, costos y condiciones de pago. Esto evita malentendidos y asegura que ambas partes estén en la misma página.
Protección Legal: Ofrecen seguridad jurídica a ambas partes. En caso de incumplimiento por alguna de las partes, el contrato sirve como prueba y base para reclamaciones o acciones legales.
Profesionalismo: La formalización de acuerdos a través de contratos demuestra profesionalismo y seriedad, generando confianza entre el organizador del evento y los proveedores.
Gestión de Riesgos: Permiten prever y regular situaciones imprevistas, como cancelaciones, modificaciones o problemas de fuerza mayor, estableciendo cláusulas para cada escenario.
Organización y Control: Facilitan la gestión y el control del evento, al tener documentados todos los acuerdos y responsabilidades de cada parte.
Al momento de firmar el contrato, es fundamental leerlo detenidamente, comprender cada cláusula y asegurarse de que refleje fielmente lo acordado. lo principal que debes revisar con especial atención es:
1. Especificación Detallada de los Servicios
El contrato debe describir con precisión y detalle todos los servicios que el proveedor se compromete a ofrecer. Esto incluye:
Descripción de los servicios: Detallar cada servicio, por ejemplo, en catering: tipo de menú, número de platos, bebidas, servicio de camareros; en fotografía: número de horas de cobertura, tipo de álbum, entrega de archivos digitales; en salón de fiestas: capacidad, mobiliario incluido, horarios, servicios adicionales (limpieza, seguridad).
Cantidades y Unidades: Especificar cantidades exactas, como número de horas de servicio, cantidad de personal, número de comidas, etc.
Calidad de los Servicios: En algunos casos, puede ser importante especificar estándares de calidad, marcas de productos, o características específicas de los servicios.
2. Fecha, Horario y Lugar del Evento
Es crucial que el contrato incluya la fecha, hora de inicio y finalización, y la dirección exacta del lugar donde se llevará a cabo el evento. Esto asegura que no haya confusiones sobre cuándo y dónde se prestarán los servicios.
3. Condiciones de Pago
El contrato debe detallar claramente las condiciones de pago, incluyendo:
Precio Total: El costo total de los servicios contratados, incluyendo impuestos y cualquier cargo adicional.
Forma de Pago: Indicar si el pago se realizará en efectivo, transferencia bancaria, cheque, tarjeta de crédito, etc.
Calendario de Pagos: Establecer las fechas de pago, que pueden incluir un pago inicial, pagos parciales y un pago final después del evento. Es común solicitar un anticipo para asegurar la reserva de la fecha y los servicios.
Penalizaciones por Retraso en el Pago: Algunos contratos pueden incluir cláusulas que establecen intereses o cargos por pagos fuera de plazo.
Es fundamental guardar comprobantes de todos los pagos realizados, como recibos, transferencias bancarias o copias de cheques, para tener constancia de los pagos efectuados.
4. Cláusulas de Cancelación, Terminación e Indemnización
Estas cláusulas son de vital importancia, ya que regulan qué sucede en caso de que el evento deba cancelarse, terminarse anticipadamente o si alguna de las partes incumple el contrato. Deben contemplar diferentes escenarios:
Cláusula de Cancelación por el Cliente (Anfitrión): Debe especificar las condiciones y penalizaciones en caso de que el cliente decida cancelar el evento. Generalmente, si la cancelación se produce con poca antelación, se puede perder el depósito o incluso tener que pagar una parte del costo total del contrato. Es importante negociar plazos de cancelación razonables.
Cláusula de Terminación por Fuerza Mayor: Esta cláusula protege a ambas partes en situaciones imprevistas e inevitables, como desastres naturales, pandemias, o eventos que hagan imposible la realización del evento. En estos casos, generalmente se busca una solución equitativa, como la reprogramación del evento o la devolución de los pagos realizados, menos los gastos ya incurridos.
Cláusula de Indemnización: Esta cláusula busca proteger al proveedor de servicios en caso de que el cliente o sus invitados causen daños a las instalaciones o a terceros durante el evento. También puede proteger al cliente en caso de que el proveedor incumpla gravemente el contrato y cause perjuicios. Es importante que esta cláusula sea clara y delimite las responsabilidades y el alcance de la indemnización.
5. Otros Aspectos Relevantes
Además de los puntos anteriores, es recomendable revisar otros aspectos importantes en el contrato:
Seguros: Verificar si el proveedor cuenta con seguros de responsabilidad civil que cubran posibles incidentes durante el evento.
Permisos y Licencias: Asegurarse de que el proveedor cuenta con los permisos y licencias necesarios para operar y realizar el evento (especialmente relevante para eventos en espacios públicos o con venta de alcohol).
Subcontratación: Si el proveedor subcontratará algún servicio (ej. catering, música), verificar si esto está permitido y quién será el responsable final de la calidad de esos servicios.
Confidencialidad: En algunos casos, puede ser necesario incluir una cláusula de confidencialidad para proteger información sensible compartida durante la planificación del evento.
Ley Aplicable y Jurisdicción: El contrato debe especificar la legislación que lo rige y los tribunales competentes en caso de disputa.

Acontinuación tiene usted el contrato de arrendamiento para salón de evento sociales:
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA SALÓN DE EVENTOS SOCIALES
CONTRATO No._____________
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SALÓN PARA EVENTOS SOCIALES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE <<NOMBRE DEL PROVEEDOR>> REPRESENTADA POR A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL ARRENDADOR”, Y POR LA OTRA A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL ARRENDATARIO”, AL TENOR DEL SIGUIENTE GLOSARIO, ASÍ COMO DE LAS SIGUIENTES
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
G L O S A R I O
Para fines del presente Contrato, se entenderá por:
a) Arrendador.- Al proveedor que ofrece el uso y disfrute del salón para eventos sociales mediante el cobro de un precio cierto y determinado.
b) Arrendatario.– Al consumidor que adquiere el derecho de usar el salón para eventos sociales a cambio del pago de un precio cierto y determinado.
c) Reglamento: Conjunto de normas que regulan los términos, condiciones, reglas de uso y comportamiento, que “El arrendatario” y/o sus invitados se obligan a cumplir en el salón de “El arrendador”.
d) Salón.- El bien inmueble destinado a la celebración de eventos sociales que el arrendador pone a disposición del arrendatario.
D E C L A R A C I O N E S
I.- Declara “EL ARRENDADOR”:
a) En caso de Persona Moral: Ser una persona moral legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, lo que se acredita con el testimonio de la escritura pública número , de fecha , otorgada ante la fe del (la) Lic._ Notario Público número , en , e
inscrita en el Registro Público de Comercio de bajo el número , de fecha , y que el en su carácter de
representante legal, en este acto interviene con las facultades que se le confieren en el testimonio de la escritura pública número , de fecha , otorgada ante la fe del (la) Lic._ , Notario Público número del , misma que se encuentra inscrita en el Registro Público de Comercio, bajo el número
, y que dichas facultades no le han sido revocadas, modificadas o limitadas a la fecha de firma de este Contrato.
b) Dentro de las actividades que constituyen su objeto social, se encuentra prevista la de
; así como manifiesta contar con los recursos humanos, materiales y financieros adecuados y experiencia suficiente para obligarse a lo estipulado en el presente Contrato.
a. En caso de Persona Física: Es una persona física de nacionalidad y con suficiente capacidad legal para obligarse en los términos del presente Contrato.
c) Su domicilio se encuentra ubicado en <<DOMICILIO DE LA NEGOCIACION>>, el cual señala como domicilio convencional para todos los efectos legales del presente Contrato.
d) Se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave <<RFC>>.
e) Cuenta con la infraestructura, los elementos propios, los recursos técnicos y humanos suficientes para cumplir con sus obligaciones conforme a lo establecido en el presente Contrato.
f) Cumple con las licencias, permisos, avisos, certificados y autorizaciones previstas en las disposiciones legales y normas vigentes que corresponden.
g) Para la atención de dudas, aclaraciones, reclamaciones o para proporcionar servicios de orientación, señala el teléfono y correo electrónico , con un horario de atención de horas a horas.
h) Cuenta con las facultades suficientes para arrendar el bien inmueble donde se llevará a cabo el servicio objeto de este Contrato.
i) Indico a “El arrendatario” el costo del arrendamiento del salón, así como las restricciones estipuladas en el Reglamento que forma parte integral del presente Contrato.
II.- DECLARA “EL ARRENDATARIO”:
a. Llamarse como ha quedado plasmado en el proemio de este Contrato.
b. Que es su deseo obligarse en los términos y condiciones del presente Contrato, manifestando que cuenta con la capacidad legal para la celebración de este Contrato.
c. Su domicilio se encuentra ubicado en la calle , número , Colonia
, Delegación , Código Postal , en
, , el cual señala como domicilio convencional para todos los efectos legales del presente Contrato.
d. Se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave
.
En virtud de las Declaraciones anteriores, “Las partes” convienen en obligarse conforme a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- CONSENTIMIENTO DE LAS PARTES.- Las Partes de común acuerdo disponen de su voluntad para consentir que el objeto del presente Contrato es el arrendamiento del salón para eventos sociales; por lo que “El arrendador” se obliga a arrendar el Salón a “El arrendatario”; y éste, en consecuencia, se obliga a pagar como contraprestación un precio cierto y determinado.
SEGUNDA.- OBJETO.- El objeto del presente contrato es el arrendamiento del salón para eventos sociales que se encuentra ubicado en _ con
una capacidad para _ personas. Por lo que “El arrendador” se obliga a conceder el uso y disfrute del Salón en la fecha acordada y “El arrendatario” se obliga a pagar la cantidad estipulada en la Cláusula Tercera de este Contrato.
El Salón se usara para realización del evento de y se rentará por horas, iniciando a las horas y terminará a las horas, del día mes del año .
TERCERA.- COSTO.- El precio total que “El arrendatario” se obliga a pagar por concepto de renta del Salón es de $ ._ ( Pesos /_ M.N.), más el
Impuesto al Valor Agregado de $ . ( Pesos /_
M.N.), sumando un total de $ _ ._ (_ Pesos /_ M.N.).
En caso de que “El arrendatario” requiera hacer uso del Salón por más tiempo del estipulado en la Cláusula Segunda del presente Contrato, “El arrendador” cobrará la cantidad adicional de $ (_ 00/100 M.N.) por hora adicional.
El importe señalado en esta Cláusula contempla todas las cantidades y conceptos referentes al objeto del presente Contrato; por lo que “El arrendador” se obliga a respetar en todo momento dicho costo sin poder cobrar otra cantidad no estipulada en el presente Contrato.
CUARTA.- FORMA Y LUGAR DE PAGO.- “El arrendatario” efectuará los pagos correspondientes a la renta del Salón en efectivo y en el domicilio de “El arrendador” señalado en el presente Contrato, o en su caso, en la forma de pago legales que Las Partes acuerden, en moneda nacional sin menoscabo de poderlo hacer en moneda extranjera al tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federación al día en que el pago se efectúe de la siguiente forma:
a. La cantidad de $ ( 00/100 M.N.) a la firma del presente Contrato por concepto de anticipo que corresponde al % del precio total del arrendamiento del Salón.
b. La cantidad restante de $ ( 00/100 M.N.) que corresponde al % del precio total del arrendamiento del Salón, se cubrirá el día que se lleve a cabo el evento.
Por el pago del anticipo, “El arrendador” deberá expedir el comprobante respectivo, el que contendrá por lo menos la siguiente información: nombre, razón social o denominación social, fecha e importe del anticipo, nombre y firma de la persona debidamente autorizada que recibe el anticipo y el sello del establecimiento, el nombre de “El arrendatario”, la fecha y hora que se llevará a cabo el evento.
Independientemente de la entrega del comprobante de pago del anticipo, “El arrendador” deberá entregar a “El arrendatario” la factura que ampare el pago del precio total del arrendamiento del Salón, documento que deberá cumplir con los requisitos que señalen las leyes mexicanas vigentes en materia fiscal.
QUINTA.- OBLIGACIONES DE “EL ARRENDATARIO”:
a) Cumplir con lo establecido en el presente Contrato.
b) Hacer el pago correspondiente conforme a lo estipulado en la Cláusula Tercera y Cuarta del presente Contrato.
c) Hacer uso del Salón únicamente para lo establecido en el presente Contrato.
d) Respetar en todo momento las disposiciones del Reglamento que a la firma del presente Contrato le ha sido entregado por “El arrendador”.
SEXTA.- OBLIGACIONES DE “EL ARRENDADOR”:
a) Cumplir con lo establecido en este Contrato.
b) Proporcionar a “El arrendatario” el uso y disfrute del Salón conforme a lo estipulado en el presente Contrato.
c) Tener en óptimo estado el Salón.
d) No hacer ningún cobro extraordinario ajeno al señalado en el presente Contrato.
SÉPTIMA.- GASTOS DE REPARACIÓN.- En caso de que el Salón sufriere un menoscabo por culpa o negligencia debidamente comprobada de “El arrendatario” o de sus invitados, éste se obliga a cubrir los gastos de reparación del mismo dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes, el costo de la reparación dependerá del estado actual y desgaste habitual en que se encontraba el Salón para el uso objeto del presente Contrato, así como del valor del bien dañado que sea fehacientemente comprobable por parte del “El arrendador”.
OCTAVA.- RECEPCIÓN DE INVITADOS AL SALÓN.- El procedimiento de control y verificación para determinar el número de personas que asisten al evento se efectuará por medio de la recepción de invitados de la forma que acuerden las partes. En caso de que “El arrendador” designe a su personal para la recepción de invitados y dicha designación tuviera un costo, deberá de hacerlo del conocimiento a “El arrendatario”, para que en caso que lo requiera, “El arrendador” incluya el costo correspondiente.
NOVENA.- GUARDARROPA.- En caso de que el salón cuente con servicio de guardarropa, “El arrendador” guardará las prendas de vestir, entregando a cada invitado contraseña por las mismas y obligándose a devolverlas al momento de recibir la contraseña y mantendrá hasta por 30 días naturales dichas prendas de vestir que “El arrendatario” o sus invitados hayan olvidado al concluir el evento, transcurrido este plazo se constituirá como acreedor prendario de la misma, lo que se sujetará a la legislación correspondiente.
DÉCIMA.- REGLAMENTO.- “El arrendador” a la firma del presente Contrato entrega a “El arrendatario” copia del Reglamento del inmueble, el cual forma parte del presente Contrato, por lo que “El arrendatario” se obliga a cumplir con las disposiciones reglamentarias que rigen el inmueble y a procurar que los asistentes al evento observen la misma conducta.
DÉCIMA PRIMERA.- DESIGNACIÓN DE PERSONAL.- “El arrendatario” deberá designar a una persona de su confianza, quien durante el evento será quien trate los asuntos relacionados con el arrendamiento; asimismo se obliga a abstenerse de dar instrucciones al personal de “El arrendador” que no tenga relación con el objeto del presente Contrato y a procurar que sus invitados observen la misma conducta. Por su parte “El arrendador” se obliga a designar, de entre su personal, a una persona que será quien durante la celebración del evento trate con el representante de “El arrendatario” o con el mismo, los asuntos relacionados con el arrendamiento, y se obliga a que su personal atienda con esmero y cortesía a los invitados.
DÉCIMA SEGUNDA.- CANCELACIÓN Y TERMINACIÓN DEL SERVICIO.- “El arrendatario”
cuenta con un plazo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la firma del presente Contrato para cancelar el mismo, sin penalización ni cobro alguno.
“Las partes” acuerdan que una vez transcurrido los 5 (cinco) días hábiles señalados en la presente Cláusula y en caso de que alguna de “Las partes” requiera terminar la prestación del Servicio fuera del tiempo señalado, la parte que lo solicite deberá sujetarse a los siguientes términos:
a) Pagar el 10% del monto total del contrato, en caso de que la terminación se solicite 3 (tres) meses antes del evento
b) Pagar el 15% del monto total del contrato, en caso de que la terminación se solicite 2 (dos) meses antes del evento.
c) Pagar el 20% del monto total del contrato, en caso de que la terminación se solicite 1 (un) mes antes del evento.
d) Pagar el 50% del monto total del contrato, en caso de que la terminación se solicite 5 días hábiles antes del evento.
En caso de que la terminación haya sido solicitada por “El arrendatario” en los términos estipulados en esta Cláusula, “El arrendador” deberá de reintegrar a “El arrendatario” la cantidad restante que resulte después de haber hecho el cobro del porcentaje correspondiente.
En caso de que la terminación haya sido solicitada por “El arrendador” en los términos estipulados en esta Cláusula, “El arrendador” deberá de reintegrar a “El consumidor” el monto total pagado por éste hasta la fecha de terminación más el porcentaje que corresponda respecto a la fecha de terminación aquí estipulado, o bien, el “El arrendador” podrá ofrecer a “El arrendatario” la opción de realizar el evento en un lugar distinto con las mismas características o mejores, corriendo “El arrendador” con los gastos adicionales que se generen, ello siempre y cuando el consumidor lo acepte por escrito.
Cabe señalar que para efectos de la terminación conforme a esta cláusula, las partes no podrán reclamar adicionalmente la pena convencional establecida en la cláusula DÉCIMA TERCERA del presente contrato.
La cancelación o terminación deberá hacerse de manera escrita en el domicilio de “El prestador del servicio”, o bien, por correo registrado o certificado, tomando como fecha de revocación la de recepción para su envío y las cantidades que deban reintegrarse las partes deberán ser devueltas en un lapso no mayor a 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha de la solicitud de la cancelación o terminación anticipada.
DÉCIMA TERCERA.- CAUSALES DE RESCISIÓN.- Son causas de rescisión del presente Contrato las siguientes:
a. Incumplimiento de lo estipulado en el presente Contrato por alguna de las Partes.
b. Si “El arrendador” no otorgara o permitiera el uso del salón en los términos pactados en el presente Contrato.
c. Si “El arrendador” tiene conocimiento de que en el evento se realizarán actividades que atenten contra la ley, la moral y las buenas costumbres.
d. Por falta de pago de “El arrendatario” en los términos previstos en el presente Contrato.
En los casos previstos anteriormente, quien motive la rescisión de forma comprobada, pagará a la otra parte como pena convencional el 10% (diez por ciento) del precio total pactado en el presente Contrato. En caso de que la rescisión haya sido ocasionada por parte de “El arrendador”, éste deberá además devolver todas las cantidades que “El arrendatario” le haya entregado, en un plazo no mayor a 5 (cinco) días naturales.
DÉCIMA CUARTA.- CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR– En caso de que “El arrendador” se encuentre imposibilitado para otorgar en arrendamiento el Salón por caso fortuito o fuerza mayor, como incendio, temblor u otros acontecimientos de la naturaleza o hechos del hombre ajenos a la voluntad de “El arrendador”, no se considerará como causa de incumplimiento, pero “El arrendador” deberá de reintegrar a “El arrendatario” las cantidades que le hubiera entregado.
DÉCIMA QUINTA.- PROCEDIMIENTO PARA QUEJAS Y RECLAMACIONES.- “El
arrendatario” podrá interponer una queja o reclamación acudiendo al domicilio señalado en las Declaraciones de “El arrendador” señalado en el presente Contrato o por vía telefónica al número . “El arrendador” deberá de atender la queja o reclamación en un lapso no mayor de 48 (cuarenta y ocho) horas contadas a partir de que la queja haya sido recibida.
.
DÉCIMA SEXTA.- AVISO DE PRIVACIDAD.- Previo a la firma del presente Contrato y en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, “El arrendador” hizo del conocimiento a “El arrendatario” del aviso de privacidad, así como del procedimiento para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos personales en adelante, derechos ARCO.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTRATACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.- Las partes
acuerdan que en lugar de una firma original autógrafa, este contrato, así como cualquier consentimiento, aprobación u otros documentos relacionados con el mismo, podrán ser firmados por medio del uso de firmas electrónicas, digitales, numéricas, alfanuméricas, huellas de voz, biométricas o de cualquier otra forma y que dichos medios alternativos de firma y los registros en donde sean aplicadas dichas firmas, serán consideradas para todos los efectos, incluyendo pero no limitado a la legislación civil, mercantil, protección al consumidor y a la NOM-151-SCFI-2016, con la misma fuerza y consecuencias que la firma autógrafa original física de la parte firmante.
Si el contrato o cualquier otro documento relacionado con el mismo es firmado por medios electrónicos o digitales, las Partes acuerdan que los formatos del contrato y los demás documentos firmados de tal modo serán conservados y estarán a disposición del consumidor, por lo que convienen que cada una y toda la información enviada por el Proveedor a la dirección de correo electrónico proporcionada por el Consumidor al momento de celebrar el presente Contrato será considerada como entregada en el momento en que la misma es enviada, siempre y cuando exista confirmación de recepción.
DÉCIMA OCTAVA.- COMPETENCIA.- La Procuraduría Federal del Consumidor es competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente Contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las Partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes en _ , renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.
Leído que fue por las partes el contenido del presente Contrato y sabedoras de su alcance legal, lo firman por duplicado en la Ciudad de _ a los _ días de mes de del año 2025.
EL ARRENDADOR EL ARRENDATARIO
Este contrato fue aprobado y registrado por la Procuraduría Federal del Consumidor bajo el número <<NÚMERO DE REGISTRO>> de fecha <<FECHA DE REGISTRO>>. Cualquier variación del presente contrato en perjuicio de EL ARRENDATARIO, frente al contrato de adhesión registrado, se tendrá por no puesta.
Autorización para la utilización de información con fines mercadotécnicos o publicitarios
“El arrendatario” si ( ) no ( ) acepta que “El arrendador” ceda o transmita a terceros, con fines mercadotécnicos o publicitarios, la información proporcionada por él con motivo del presente contrato y si ( ) no ( ) acepta que “El arrendador” le envíe publicidad sobre bienes y servicios.
Firma o rúbrica de autorización de “EL ARRENDATARIO”
REGLAMENTO
Éste Reglamento se considera anexo al Contrato y por lo tanto es de observancia para ambas partes y para los invitados del Arrendatario.
1. Antes de dar inicio a su evento, El Arrendatario recorrerá las instalaciones solicitadas con el personal del Arrendador para revisar las condiciones generales en que se encuentra el Salón de eventos.
2. El salón para eventos sociales estará a su disposición sólo el tiempo estipulado en el Contrato.
3. Se otorgarán 30 (treinta) minutos de tolerancia para desocupar el salón al final del evento.
4. Está prohibido fumar dentro del salón.
5. En caso de que el Arrendatario requiera introducir al salón algún tipo de equipo adicional, deberá de contar con la autorización del Arrendador.
6. El Arrendatario que contrate personal para su evento, será responsable por la conducta de éstos.
7. Está prohibido clavar, engrapar o atornillar objetos en las paredes, techos, ventanas, piso o en cualquier otra parte de las instalaciones del salón.
8. El Arrendador no se hace responsable por ningún daño o lesión que pudiesen sufrir sus invitados, salvo que sea por causas imputables al Arrendador.
9. No se permite la entrada de animales (mascotas), salvo casos justificados.
10. El cuidado de los niños es responsabilidad de los padres, tutores o responsables de los mismos.
11. El arrendador no se hace responsable del extravío u objetos olvidados del Arrendatario o sus invitados, que no hayan sido depositados en el guardarropa.
12. Queda estrictamente prohibido el acceso y el uso de cualquier tipo de arma.
13. El Arrendatario se responsabiliza de respetar y hacer respetar el presente Reglamento con sus invitados. En caso de daño, pagará el costo de su reparación o reposición estipulado en el Contrato.














































