PRUEBA TESTIMONIAL EN VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
ES INNECESARIO QUE LOS FAMILIARES TESTIGOS PRECISEN LAS CIRCUNSTANCIAS DE MODO, TIEMPO Y LUGAR. CUANDO SE ALEGA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, ES INNECESARIO QUE LOS FAMILIARES TESTIGOS PRECISEN LAS CIRCUNSTANCIAS DE MODO, TIEMPO Y LUGAR, PUES BASTA CON QUE EXPRESEN CONCRETAMENTE CÓMO OCURRIERON LOS HECHOS QUE TESTIFICAN.
Tesis: VII.2o.C.152 C (10a.) | Semanario Judicial de la Federación | Décima Época | 2017369 |
Tribunales Colegiados de Circuito | Publicación: viernes 06 de julio de 2018 10:13 h | Tesis Aislada (Civil) |
En los conflictos en materia familiar, quien conoce de la situación son los propios familiares y, por ese solo motivo, no se les puede restar valor probatorio a sus testimonios. Ahora bien, respecto de la valoración de la prueba testimonial desahogada por testigos(as) “interesados(as)”, la doctrina especializada señala que con relación a los testigos con interés en la causa, así como a los traídos por los letrados, sin acreditar la objetividad de la fuente de conocimiento de la identidad de éstos, deberá valorarse fundamentalmente la contextualización de los relatos y, a posteriori, la existencia de corroboraciones del testimonio. Ahora bien, cuando se alega violencia intrafamiliar, es innecesario que los testigos precisen las circunstancias de modo, tiempo y lugar de su testimonio, pues basta con que expresen concretamente cómo ocurrieron los hechos que testifican.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Amparo directo 755/2017. 19 de abril de 2018. Mayoría de votos. Disidente: Isidro Pedro Alcántara Valdés. Ponente: José Manuel De Alba De Alba. Secretario: Josué Rodolfo Beristain Cruz.