SENTENCIA DEFINITIVA DE ALIMENTOS

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______, ______ a______ de______ del 2018

VISTOS para dictar Sentencia los autos del Expediente Número______/______, que contiene el Juicio Civil Oral de Alimentos Definitivos que promueve ELVIA________________________ POR SI Y COMO REPRESENTANTE LEGAL DE SUS MENORES HIJAS ELIZABETH y ANDREA __________________, en contra de MAURICIO __________________, estando para resolver en definitiva y:

RESULTANDO

PRIMERO.- En fecha______ de ______ de ______, compareció ante este Juzgado la Señora ELVIA __________________por sí y como Representante Legal de sus menores hijas Elizabeth y Andrea de apellidos __________________ demandando al Señor MAURICIO __________________, por la cantidad de $______ (__________________PESOS 00/100 M. N.) mensuales por concepto de alimentos definitivos; citó las disposiciones legales que creyó aplicables al presente caso y ofreció como pruebas de su parte las reseñadas en el escrito de demanda, acompañando al efecto los documentos fundatorios de su acción.

SEGUNDO.- Por auto de fecha dos de septiembre del año en curso se tuvo a la Señora ELVIA__________________ por sí y en su carácter de Representante Legal de sus menores hijas Elizabeth y Andrea ambas de apellidos __________________ demandando al Señor MAURICIO__________________ , por el pago de alimentos definitivos ; así mismo se ordenó el emplazamiento al demandado con las copias y documentos debidamente autorizados para que produjera contestación a la demanda en el término para ello conferido con el apercibimiento de no producir la contestación a la demanda dentro del plazo concedido se seguiría la presente causa civil en su rebeldía, diligencia de emplazamiento que tuvo lugar a las______ horas con______ minutos del día______ de______ del año en curso, en donde se le hiciera el apercibimiento correspondiente para en caso de dejar producir la contestación a la demanda, así también se le citó para la audiencia de pruebas y alegatos así como para el desahogo de las pruebas confesional y declaración de parte fornida por la actora y a cargo de la demandada. En tiempo y forma legal produjo contestación a la demanda por conducto de su Apoderado legal el Señor Fernando Quintero Robles, oponiendo las defensa y excepción que de su escrito se desprende ofreciendo las probanzas para justificar estas últimas en el capítulo correspondiente.

TERCERO.- La parte actora en este Juicio Señora Elvia__________________ ofreció como pruebas y se le tuvieron por admitidas y desahogadas como tales las siguientes: La Documental Pública consistente en las actuaciones de providencias cautelares de alimentos provisionales marcado con el número ______/______ promovidas por la propia actora y en contra del demandado; las Documentales Públicas consistentes en las partidas de nacimiento de las menores Elizabeth y Andrea________________________ ,ambas expedidas por el Ciudadano Oficial del Registro Civil de la municipalidad de__________, ______. La Confesional consistente en el pliego de posiciones que deberá de absolver personalmente el demandado MAURICIO__________________, el día y hora señalado para la audiencia de pruebas y alegatos con citación que con toda oportunidad se hiciera con apercibimiento correspondiente para en caso de dejar de asistir sin causa justa al desahogo de esta prueba; la testimonial consistente en el interrogatorio que en forma verbal y directa se les formulara a las Señoras Adelina________________________ y Teresa ________________________; la instrumental de actuaciones consistente en las actuaciones practicadas en esta Instancia en cuanto favorezcan a la parte oferente; la presunción en su doble aspecto legal y humano en cuanto favorezca los intereses de la propia parte actora. Por su parte el demandado Señor MAURICIO ________________________, ofreció como pruebas de su parte, se le tuvieron por ofrendas, admitidas y desahogadas las pruebas siguientes: La Documental Pública consistente en el acta número cuatro mil Setecientos veintitrés del volumen quincuagésimo sexto asentado en el Protocolo de la Notaría Pública número______ de su titular el Lic. RAMIRO________________________ de fecha ______ de_________ del año en curso, que contiene el testimonio del poder general para pleitos y cobranzas otorgado por el demandado en este Juicio en favor del Señor Fernando__________________ ; las documentales Públicas consistentes en las copias certificadas de las actas de nacimiento de José, Mario, Fernando, Saloma, Jacqueline y Miguel Ángel todos de apellidos________________________ , así como la relativa al acta de matrimonio celebrada entre el demandado con la Señora Guadalupe________________________ documentales estas expedidas por el Oficial del Registro Civil de esta localidad; La Documental Privada consistente en las constancias expedidas por la Facultad de Medicina de la Universidad__________________ la Facultad de Ciencias económico Administrativas de Guadalajara, Jalisco, la preparatoria Estatal, la Secundaria Técnica número______, la Escuela Primaria General______, estas tres últimas instituciones educativas de esta Ciudad, y que hace referencia cada una de ellas al grado de escolaridad que tiene José, Mario, Fernando, Salomé, Jacqueline y Miguel Ángel, de apellidos______________________________; las documentales Públicas consistentes en las coplas certificadas de las actas de nacimiento de las menores Andrea y Elizabeth ambas________________________, expedidas por el Ciudadano Oficial del Registro Civil de la municipalidad de____________, ________. LA CONFESIONAL consistente en el pliego de posiciones que debería de absolver en el momento de sus desahogo la actora Señora Elvia Valenzuela Llamas, por sí como representante de sus menores hijas, previa citación que con toda oportunidad se le hiciera con apercibimiento correspondiente para en caso de comparecencia al desahogo de esta prueba; la declaración de parte con cargo a la parte actora la que se hiciera consistir en el interrogatorio que en forma verbal y directa se le formulara el día y hora señalado para el desahogo de esta prueba; la Inspección ocular consistente en la que practicara el personal de este lugar en el domicilio de la actora en los términos de su ofrecimiento; La Testimonial que se hiciera consistir en el interrogatorio verbal y directo que en el momento de la audiencia se les formulara a las Señoras Patricia ________________________ y María del Carmen ________________________; LA PRESUNCIONAL consistente en las presunciones legales y humanas que se deduzcan de este procedimiento en cuanto favorezcan los intereses de la parte oferente. El día y hora señalado para la audiencia de pruebas y alegatos se desarrolló con la asistencia de las partes materiales y formales, habiéndose desahogados todos y cada uno de los medios ofrecidos, decretándose la apertura de alegaciones en el orden correspondiente y quedaron las partes citadas para oír sentencia misma que se pronuncia al tenor siguiente:

CONSIDERANDO

PRIMERO.- En los términos contenidos por los Artículos______, ______, ______ y ______ del Código Adjetivo Civil establecen: para la redacción de la Sentencias no se requiero forma especial pudiendo el Juez o Tribunal adoptar la que juzgue adecuada, sin perjuicio de la observancia de la regla establecida en los Artículos siguientes. El segundo de los numerales en cita establece los requisitos y reglas que debe contener una sentencia. Las sentencias deberán ser congruentes con la demanda y la contestación y con las demás pretensiones deducidas oportunamente en el pleito y resolver todos los puntos que hayan sido objeto del debate. Toda sentencia deber ser fundada. Las controversias judiciales deberán resolverse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica y a falta da la ley conforme a los principios generales del derecho. Cuando haya conflicto de derechos, a falta de ley expresa que sea aplicable, la controversia se decidirá a favor del que trate de evitar perjuicios y no a favor del que pretende obtener lucro, procurándose observar la mayor igualdad entre las partes. El silencio, obscuridad o insuficiencia de la ley, no autoriza a los jueces o tribunales para dejar de resolver las cuestiones que hayan sido discutidas en el pleito.

SEGUNDO.- Antes de entrar a fondo del presente negocio, es menester analizar las providencias cautelares de providencias cautelares promovidas en este sumario de alimentos definitivos promovido por la Señora ELVIA__________________ , en contra del demandado Señor MAURICIO ________________________, teniendo en cuenta para ello la resolución que en tales providencias emitiera este propio Tribunal en fecha once de agosto del presente año, en que se declararan procedentes las mismas, condenándose al citado deudor alimentista MAURICIO ________________________, al pago de una pensión alimenticia en favor de su concubina ELVIA ________________________ y de sus menores hijas Elizabeth y Andrea________________________ por  la cantidad de $______ (__________________pesos M.N:) mensuales que deberá ser anticipado, lo anterior según reza en el resolutivo segundo de aquella interlocutoria y en que se le confiere el término de quince días para entablar la demanda definitiva, y dando cumplimiento con esta prevención última de presentación de demanda definitiva sobre alimentos de este último carácter y por estar ajustados a derecho las prenombradas providencias cautelares de alimentos provisionales, se confirma las mismas, y como consecuencia de ello se condena al demandado Señor MAURICIO____________________, en su carácter de deudor alimentista, al pago de las mensualidades decretadas en las diligencias de mérito a partir del mes de________________________ y hasta esta fecha en que se pronuncia el fallo definitivo, a razón de $______ (__________________pesos M.N.), cantidad que fue condenado, el referido demandado, pero únicamente la anterior suma deberá ser aplicada por concepto de alimentos en favor de las menores Elizabeth y Andrea ambas de apellidos ________________________; no así en favor de la Señora Elvia ________________________ en razón de que el citado demandado al momento de producir contestación a la demanda entre otras de las pruebas ofrendas para justificar las excepciones hechas valer allegó a este sumario la copia certificada del acta de matrimonio celebrada entre el Señor MAURICIO__________________ con la Señora Guadalupe Robles, con esta documental se justifica la falta de derecho que le asiste a la actora por sí ELVIA________________________ para hacer la reclamación de alimentos, por no justificarse la relación de parentesco por afinidad de hecho.

TERCERO.- Los Artículos ______; ______; ______; ______; ______ ;______ ;______ ;______ del Código Familiar en Vigor en el Estado establecen: Tienen acción para pedir el aseguramiento de los alimentos: I.- el acreedor alimentario, II.- el ascendiente que lo tenga bajo su patria potestad, III.- el tutor del acreedor alimentario, IV.- los hermanos y demás parientes colaterales dentro del quinto grado, y V.- el Ministerio Público. La obligación de dar alimentos es recíproca. El que los da tiene a su vez el derecho de pedirlos. Los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos. A falta o por imposibilidad de los padres, la obligación recae en los demás ascendientes por ambas líneas que estuvieren más próximas en grado. Los alimentos comprenden: la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en caso de enfermedad. Respecto de los menores, los alimentos comprenden, además, los gastos necesarios para la educación primaria y secundaria del alimentista, y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales. Los alimentos han de ser proporcionales a la posibilidad del que debe darlos y a la necesidad del que debe recibirlos. En el caso que nos ocupa el suscrito procede a hacer el análisis del material probatorio ofrecido por la parte actora, para determinar si la Señora ELVIA________________________ a justificado plenamente los extremos necesarios e indispensables de su acción ejercitada en este Juicio y así tenemos que la Señora ELVIA_______________________ aportó como pruebas en este Juicio las copias certificadas de las actas de nacimiento de las menores Andrea y Elizabeth ambas de apellidos________________________ con las que se justifica en primer término el parentesco existente entre éstas con respecto al demandado Señor MAURICIO___________________, parentesco de consanguinidad en los términos contenidos por el Artículo______ del citado cuerpo de Leyes; esto es, ha quedado demostrado con estas documentales que el demandado Señor MAURICIO________________________, es padre de las primeras y que además las hijas de éste son menores de edad; de lo anterior que por esas circunstancias las menores sean acreedoras alimentistas en razón de que debido a su corta edad son incapaces de bastarse por sí mismas; como consecuencia de ello tiene el carácter de deudor alimentista de las menores en cita en los términos del Artículo ______ del Código Familiar en Vigor en el Estado, alimentos que debe entenderse los descritos en el Artículo_____ en el prenombrado Cuerpo de Leyes. Pruebas éstas a las que el suscrito les confiere valor probatorio pleno en los términos contenidos de la Fracción______ del Artículo ______ en relación con la Fracción______ del ______ ambos del Código de Procedimientos Civiles en vigor; además la documental pública consistente en las providencias cautelares de alimentos provisionales registrada bajo el expediente número______/______ promovidas por la propia actora__________________ en contra del demandado Señor MAURICIO________________________ actuaciones que se encuentran engrosadas a este sumario para justificar con esta prueba la parte actora la apremiante necesidad del de percibir alimentos para sus menores hijas Elizabeth y Andrea__________________ prueba ésta la que el suscrito le confiere valor probatorio pleno en los términos de la Fracción______ del Artículo ______, con relación a la Fracción______ del Artículo ______ del propio Código Adjetivo Civil en Vigor. Probanza las anteriores que se encuentran debidamente corroboradas con el resultado de la prueba confesional fornida por la actora y a cargo del demandado Señor MAURICIO________________________, quien admitió haber procreado dos hijas con la actora Elvia Valenzuela Llamas, que le ha estado mandado dinero a ELVIA________________________ como ayuda para lo necesario para la manutención de sus hijas y que éstas menores tienen la apremiante necesidad de recibir alimentos, por carecer de bienes que conformen el patrimonio propio para poderse sostener y que ese monto lo es la cantidad decretada como providencia cautelar en el procedimiento de este tipo; que desde el mes de__________________ hasta la fecha ha dejado en absoluto abandono a sus menores hijas Elizabeth y Andrea de apellidos Quintero Valenzuela; probanza ésta a la que el suscrito lo confiere valor probatorio en los términos del Artículo______ del Código de procedimientos Civiles en Vigor. Además lo corrobora a las pruebas antes reseñadas y debidamente valoradas el resultado de la prueba testifical fornida por la actora en este procedimiento Adelina__________________ y Teresa__________________, quienes afirmaron conocer las partes en este Juicio, la primera de hace tres años y la segunda desde recién nacida por lo que hace a la actora y al demandado de vista y que éste último demandado procreó con la actora a las dos menores hijas, que por su minoría de edad de las menores hijas de las partes en este Juicio no pueden valerse por sí mismas ni cuentan con recursos para su subsistencia, por tanto resultan necesarios e indispensables la suministración de los alimentos en favor de las menores; prueba que de acuerdo a la uniformidad de las declaraciones entre sí, lo están haciendo a ciencia cierta y ante todo por la razón fundada de su dicho, se les confiere valor en los términos del Artículo______ del Código de Procedimientos Civiles en Vigor.

CUARTO.- La parte demandada ofreció la Documental Pública consistente en el acta número cuatro mil Setecientos veintitrés del quincuagésimo sexto asentado en el Protocolo de la Notaría Pública número ______, de su titular el Licenciado__________________ de fecha______ de______ del año en curso, que contiene el testimonio del poder general para pleitos y cobranzas otorgado por el demandado en este Juicio en favor del Señor Fernando____________________; las documentales Públicas consistentes en las copias certificadas de las actas de nacimiento de José, Mario, Fernando, Saloma, Jacqueline y Miguel Ángel todos de apellidos________________________, así como la relativa al acta de matrimonio celebrada entre el demandado con la Señora Guadalupe________________________, documentales estas expedidas por el Oficial del Registro Civil de esta localidad. Con las pruebas documentales antes reseñadas y de manera concreta la copia certificada del acta de matrimonio celebrado entre los Señores MAURICIO__________________ y Guadalupe__________________ queda justificado la existencia del vínculo matrimonial existente entre el demandado y la diversa persona con quien contrajo nupcias, como consecuencia de ello no queda justificado la relación de concubinato que argumenta la actora ELVIA__________________ porque para que exista este entre otros de los requisitos legales lo es que ambos presuntos concubinos se encuentren libres de toda atadura legal y en el caso no acontece ello con respecto al demandado, de donde, tampoco le asiste el derecho a esta actora Valenzuela Llamas de reclamar para sí misma alimentos por no tener derecho a ellos por no justificarse el concubinato en los términos del Artículo______ del Código Familiar en Vigor; en este orden de ideas y con esta probanza el demandado Señor MAURICIO__________________ ha probado la excepción de falta de acción para demandarlo la parte actora Señora ELVIA___________________ los alimentos por no haber probado ésta última el derecho que la asiste en su carácter de concubina. Respecto del resto de las probanzas relativas a las partidas de nacimiento de José, Mario, Fernando, Saloma, Jacqueline y Miguel Ángel todos de apellidos________________________, con tales documentos públicos justifica el demandado en este juicio la existencia de hijos habidos dentro del matrimonio formado entre el prenombrado MAURICIO ________________________, con su Señora esposa Guadalupe __________________, así también de los tres últimos en cita la minoría de edad con que cuentan los mismos; La Documental Privada consistente en las constancias expedidas por la Facultad de Medicina de la Universidad____________, la Facultad de Ciencias Económico Administrativas de______, ______ la preparatoria Estatal, la Secundaria Técnica número ______ , la Escuela Primaria General____________ estas tres últimas Instituciones Educativas de esta Ciudad, y que hace referencia cada una de ellas al grado de escolaridad que tiene José, Mario, Fernando, Saloma, Jacqueline y Miguel Ángel, de apellidos__________________; Con estas pruebas documentales privadas el demandado justifica a juicio de este resolutor que los hijos de éste a que se refiere los documentos en comento el grado de escolaridad de cada uno de éstos en todas y cada una de las instituciones a que hace alusión cada una de las constancias. las documentales Públicas consistentes en las copias certificadas de las actas de nacimiento de las menores Andrea y Elizabeth ambas____________ expedidas por el Ciudadano Oficial del Registro Civil de la municipalidad de_______,______ Con estas probanzas de documentos públicos el demandado lejos de serle benéficas estas probanzas, le es adverso a ,los intereses pretendidos toda vez que con ellas se justifica el parentesco por consanguinidad entre las menores acreedoras con respecto al demandado deudor alimentista. Todas estas pruebas a juicio del suscrito procede a conferirles valor probatorio en los términos contenidos por la Fracción______ del Artículo______ con relación al______ Fracción______ ambos del Código Adjetivo Civil en Vigor en razón de que los mismos no han sido declarados judicialmente su falta de validez ni declarada la nulidad de los mismos. La Confesional consistente en el pliego de posiciones que debería de absolver en el momento de sus desahogo la actora Señora Elvia_______________________, por sí como representante de sus menores hijas, prevea citación que con toda oportunidad se le hiciera con apercibimiento correspondiente para en caso de incomparecencia al desahogo de esta prueba; la Declaración de Parte con cargo a la parte actora la que se hace consistir en el interrogatorio que en forma verbal y directa se le formulara el día y hora señalados para el desahogo de esta prueba; la Inspección ocular consistente en la que practicara el personal de este lugar en el domicilio de la actora en los términos de su ofrecimiento; La Testimonial que se hiciera consistir en el interrogatorio verbal y directo que en el momento de la audiencia se les formulara a las Señoras Patricia__________________ y María del Carmen __________________; las probanzas analizadas con anterioridad a juicio del Juzgador, las mismas no le son favorables a los intereses de la parte demandada en este juicio, toda vez que de las dos primeras, la actora sólo se concretó a aceptar que con el demandado sostuvo relaciones estrechas, de las que como resultado se procrearon las dos menores que en esta instancia tiene el carácter de acreedoras alimenticias; así también con esta prueba testifical se justifica la anterior circunstancial y que el resto de las allí probadas no le son favorables a los intereses de la demandada en este juicio, porque lo único que se justifica es la existencia del matrimonio celebrado entre el demandado con su Señora esposa, y que de esta relación legal procrearon el número de hijos que quedo justificado en autos, de los que todos se encuentran estudiando y los tres últimos aún no han alcanzado la mayoría de edad, lo que significa que él; demandado Señor MAURICIO________________________, por ese sólo hecho esta erogando cantidades de dinero que emplea para el sostenimiento de sus hijos y de su Señora esposa, de donde resulta que el repetido demandado eroga fuertes cantidades de dinero para la sufragación de esos gastos, para sostener a sus hijos que aun ya han alcanzado su mayoría de edad, pero debido a que estos se encuentran estudiando, sin embargo y por lo mismo no pueden abastecerse por sí mismos, lo que significa una carga moral y sobre todo económica, que sumado con el desembolso que tiene el mismos demandado, con respecto al cumplimiento de las obligaciones, con los tres hijos menores de edad, procreados del matrimonio celebrado entre el multicitado demandado con su Señora esposa GUADALUPE__________________, y por otro lado tampoco se llego a probar en autos el monto estimable en percepciones, o en su caso que el mismo tuviera bienes de fortuna a su nombre, esta circunstancias no existen probados estos hechos, que son indispensables en tratándose de juicios del orden familiar.

QUINTO.- Del material probatorio aportado por las partes en este juicio, es concluyente que la actora ha demostrado plenamente los extremos de su acción ejercitada en lo que hace únicamente a sus menores hijas, más no así respecto del derecho ejercitado en contra del demandado por sí; lo que significa que a las menores de edad ELIZABETH y ANDREA de apellidos______________________________ les asiste el derecho de percibir alimentos, por el sólo hecho de ser hijas del demandado, situación plenamente probada: además de que las citadas menores se ha justificado que ni su madre ni ellas cuentas con percepción o bienes de fortuna suficientes para su subsistencia y en cambio quedo probada la obligación que el demandado tiene para con las primeras de suministrarles lo necesario, pero en la porción y términos de sus posibilidades, tomando en cuenta el número de hijos que este tiene y que aún que alguno de ellos han alcanzado la mayoría de edad, sin embargo, son dependientes económicamente del citado demandado y se ha justificado que los mismos están estudiando, y la minoría de edad de tres más de sus hijos habidos dentro del matrimonio; en este orden de ideas resulta procedente la acción ejercitada por la Señora ELVIA________________________, para solicitar alimentos definitivos en favor de sus menores hijas, tomando en cuenta lo anteriormente expuesto en el presente punto considerativo, resulta procedente condenar y se condena al demandado Señor MAURICIO________________________ al pago de la cantidad de $______(____________Pesos M. N.) por concepto de alimentos que deberá de pagar mensualmente, en favor de sus menores hijas ELIZABETH y ANDREA de apellidos______________________________ numerario, que deberá de cubrir mediante quincenas adelantadas, suma la primera que se incrementara ipso-jure, conforme se incremente el salario mínimo vigente en la Zona en donde tenga que cumplirse con esta obligación.

SEXTO.- Que la Sentencia dictada en este Juicio a versado sobre acción de condena; y que la misma a resultado adversa a la parte demandada Señor MAURICIO________________________, por lo que con fundamento en lo establecido por el Artículo______ del Código de Procedimientos Civiles en Vigor se condena al citado demandado al pago de gastos y costas regulados que sean conforme a derecho.

Por lo anteriormente expuesto y además con fundamento en los Artículos: ______; ______; ______; ______; ______; ______ Fracción______, ______; ______; ______; ______; ______. Fracción______, del Código Familiar en vigor y______; ______; ______; ______; ______; ______; ______;Fracción______, ______; ______; ______; ______; ______; ______; ______; ______, y del______ al ______ del Código de Procedimientos Civiles en Vigor.

RESUELVE

PRIMERO.- Ha procedido la vía civil oral ejercitada por la ____ Señora Elvia__________________, en su carácter de representante legal de sus menores hijas ELIZABETH y ANDREA, de apellidos__________________ quien sí justificó parcialmente la acción hecha valer y el demandado Señor MAURICIO__________________ , quien si se excepcionó y justificó parcialmente las hechas valer.

SEGUNDO.- Se ratifican en todas y cada una de sus partes las providencias cautelares sobre alimentos provisionales, promovidas por la Señora ELVIA____________ en su carácter de representante legal de sus menores hijas ELIZABETH y ANDREA de apellidos __________________ en contra del Señor MAURICIO ________________________ a quien se le condena al pago de la cantidad de $______ (__________________ M.N.), mensual por concepto de alimentos provisionales, decretados en favor únicamente de las menores citadas.

TERCERO.- La anterior cantidad precisada en el resolutivo próximo anterior se condena al demandado Señor MAURICIO __________________ a partir del mes de __________________ hasta la presente fecha del pronunciamiento de este fallo definitivo.

CUARTO.- Por los motivos esgrimidos en el cuerpo de este fallo procede la reducción de la pensión alimentista decretada en las providencias cautelares de alimentos provisionales, de $______ (__________________ Pesos M.N), a sólo la cantidad de $______ (__________________M. N.), divididas en quincenas adelantadas.

QUINTO.- En consecuencia se condena al demandado Señor MAURICIO__________________ a pagar la cantidad de $______ (__________________ Pesos M. N.), por concepto de alimentos en favor de sus menores hijas ELIZABETH y ANDREA de apellidos__________________ por conducto de su representante legal, madre de las menores Señora ELVIA__________________ numerario que se abonará en quincenas adelantadas de $______ (__________________ Pesos. M.N.) suma mensual que se aumentará ipso-jure, conforme se incremente el salario mínimo en el lugar en que deba de cumplirse con esta obligación.

SEXTO.- Se condena al demandado Señor MAURICIO____________________ al pago de gastos y costas judiciales regulados que sean conforme a derecho.

SEPTIMO.- Notifíquese personalmente y Cúmplase.

Así lo resolvió y firma el Ciudadano Licenciado RAMIRO________________________, Juez de Primera Instancia y de lo Familiar de este Distrito Judicial.- Doy Fe.